Page 18 - Las familias de las órdenes militares. Montesa y su bailía de Moncada: patrimonio y entramado feudal en la huerta de valencia (siglos XIV-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025

       Depósito Legal M-34.164-2001
             ISSN 1695-6214


                           Las familias de las órdenes militares. Montesa y su bailía de Moncada: patrimonio y entramado….



                     Pero, sin duda, el punto clave de todo en el estudio de la bailía de Montcada, y el
              elemento  que  más  condiciona,  dado  que  afecta  a  todas  las  parcelas  que  han  sido

              documentadas en los protocolos notariales, independientemente de su ubicación o de su

              cultivo, es el que hace referencia al régimen de tenencia y trabajo de las mismas. Todas
              ellas, sin excepción, están gestionadas bajo el sistema enfitéutico y, por tanto, con la

              obligación,  por  parte  de  los  usufructuarios,  del  pago  de  censos  anuales.  Es  decir,  la
              situación que vimos a mediados del siglo XIII con las cartas de poblamiento que otorgó

              el Temple  a  los  primeros  pobladores de  la bailía,  había  cambiado muy  poco para  los
              ahora vasallos de la orden de Montesa.



                     No obstante, un elemento de la maquinaria feudal de extracción sí se alteró, y es
              el que refería al tipo de renta a pagar: en el siglo XV todos los campos documentados

              tenían la obligación de satisfacer una renta en metálico, y ya no en especie o parte de la
              cosecha. Este dato notarial confirma la carta puebla de 1403, como también las tasas a

              pagar, pero los protocolos aportan otras informaciones nuevas no presentes en la carta.

              El  detalle  que  los  notarios  estaban  obligados  a  redactar  en  sus  catas  nos  permite
              conocer que las familias debían pagar 14 dineros por cada cahizada de tierra en secano

              (algo más de un sueldo por cada 6 fanecades), pero en las parcelas de riego pagaban
              siete  veces  más  (7  sueldos  por  cada  fanecada).  Se  especifica,  incluso,  que  por  los

              pequeños huertos que había junto a muchas casas, o en las afueras de las villas, se
              abonaba anualmente un elevado censo de 9 sueldos. Y también los inmuebles urbanos,

              las casas, exigían el pago de renta en metálico, en este caso, entre 4 y 7 sueldos cada

              año.


                     Que  todas  estas  tasas  eran  elevadas  para  las  familias  de  la  bailía  puede
              aseverarse por el hecho de que siempre se establecían dos plazos de pago cada año:

              una parte se entregaba en la fiesta de San Miguel, el 29 de septiembre, y la otra el día

              de Navidad. En otros casos, los plazos podían estipularse en la fiesta de la Virgen de
              Agosto, el 15 de ese mes, y el día de Pascua de Resurrección. Con estos vencimientos

              los de Montesa buscaban garantizarse los pagos pues las fechas remiten a intervalos
              tras distintas cosechas y, por ello, a coyunturas en que las familias podían disponer de





                         Historia Digital, XXV, 45, (2025). ISSN 1695-6214 © Antoni Llibrer Escrig, 2025                  P á g i n a  | 66
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