Page 24 - Las familias de las órdenes militares. Montesa y su bailía de Moncada: patrimonio y entramado feudal en la huerta de valencia (siglos XIV-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
Las familias de las órdenes militares. Montesa y su bailía de Moncada: patrimonio y entramado….
A modo de conclusión
Nos preguntábamos al principio del artículo cómo funcionaba la trastienda de una
orden militar, y el acercamiento a la bailía de Montcada, en el espacio periurbano
estratégico de la huerta de Valencia nos ha ofrecido la imagen de una maquinaria feudal
bien engrasada para facilitar la recaudación necesaria a su mantenimiento. Es cierto que
Montesa no contó nunca con una gran cantidad de miembros, ni caballeros ni freiles –se
calcula que entre cincuenta y sesenta en total (Guinot, 2022: 137-139)– pero, aún así, la
exigencia de ingresos para preservar la organización y custodiar su patrimonio, exigía la
puesta en marcha de una administración que se ramificaba hasta llegar a las familias
campesinas de cada villa o alquería. La presencia e influencia de la orden en la vida
cotidiana de estos pueblos no sólo se materializaba en la figura del baile local y en su
sede de Montcada, donde acudían los vecinos a realizar los constantes pagos según los
plazos establecidos, también se contactaba con la orden a la hora de realizar cualquier
transacción, cualquier traspaso de inmuebles, o en el momento de aceptar un nuevo
contrato enfitéutico, que firmaba el propio maestre en persona. Ante la presencia del
maestre, según nos confirman los notarios, se llevaba a cabo cualquier transacción que
implicara tierras, casas, monopolios u otros derechos o rentas de la bailía: davant la
presència de vos, reverend senyor frare Gilabert de Monsoriu, per la divinal gràcia,
mestre de la Casa e cavalleria de Santa Maria de Montesa e de Sent Jordi... y a
continuación, los campesinos de Montcada o Carpesa o Massarrojos, implicados en ese
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acto . Esta fórmula se repite una y otra vez en los protocolos, y nos demuestra cómo la
orden y sus administradores marcaban la vida de los vecinos y vecinas de la bailía.
Esta presencia y este contacto directo con la orden por parte de sus vasallos se
concretaba también porque Montesa no solo detentaba el dominio territorial, también el
señorío jurisdiccional, lo que suponía la administración de la justicia, con jurisdicción civil
y criminal, mero y mixto imperio. Cualquier litigio entre los vasallos no sólo era dirimido
30 ACCV, Protocolos notariales, sign. 27280, notario Francesc d'Eroles, 1450 s.p.
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