Page 34 - Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana al Regnum Visigothorum
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Año XXIV, Número 44, Julio 2024

           Depósito Legal M-34.164-2001

                 ISSN 1695-6214
                                                             Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana…



                    costumbres anteriores eran las visigodas o las romanas, no obstante, algunos
                    jueces  visigodos  utilizaron  hasta  Eurico  el  uso  de  la  costumbre  y  dictaban

                    sentencias bajo su criterio, omitiendo la ley escrita. También debemos tener

                    en  cuenta  que,  los  hispanorromanos  continuaron  rigiéndose  por  su  propio
                    Derecho,  sin  embargo,  el  mundo  visigodo  adaptó  su  derecho  y  aceptó  las

                    formas  de  vida  más  sofisticadas  del  vencido  imperio  romano,  aunque  se
                    debieron  establecer  nuevas  normas  para  regular las  situaciones  de  choque

                    que el reparto de tierras a los nuevos habitantes godos y la convivencia social
                    y  política  de  los  dos  pueblos  planteaba.  Con  la  independencia  del  reino

                    visigodo, se afianzó una forma de legislar también independiente, dando paso

                    de forma definitiva a la creación legislativa visigoda, pero siempre inspirada
                    por el Derecho romano.


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                             Historia Digital, XXIV, 44, (2024). ISSN 1695-6214 © M. Caballero, 2024                   P á g i n a  | 111
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