Page 39 - La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación de una fiscalidad estatal (siglos XIII-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025

       Depósito Legal M-34.164-2001
             ISSN 1695-6214


                                         La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación……



              pero, la novedad más interesante fue resucitar el impuesto directo proporcional a la
              riqueza, fallido en 1386. Como Juan I tenía que satisfacer una deuda con el rey de

              Francia (540.000 francos), dispuso que todos, exentos –¡incluidos los nobles y clero

              privilegiados!– y no exentos, contribuyesen en función de su fortuna: el que contase
              con  20.000mrs.  abonaría  20  doblas,  y  hacia  abajo  a  este  respecto,  hasta  los  de

              cuantía de 1.000 mrs., que pagarían una dobla. Además, como con este impuesto
              sobre  la  renta  se  preveía  recaudar  lo  necesario  para  la  Hacienda,  el  rey  decidió

              perdonar  las  6  monedas  de  ese  año  1388.  También  fue  luego  rebajado  el  tipo
              impositivo,  de  forma  que  los  que  contasen  entre  20.000  y  12.001  mrs.  de  renta

              abonarían solamente 8 doblas; los de 12.000, 6; los de 1.000 a 12.000, 1 dobla más

              medio real por cada 100 mrs.; y los de 80 a 400 mrs., un día de jornal al mes. En
              junio el monarca envió una carta a los concejos recordándoles estos extremos, así

              como que había fijado el valor de la dobla de oro, tras las protestas suscitadas por la

              devaluación  monetaria  de  ese  año,  que  fue  tasada  en  50  mrs.  por  dobla,  lo  que
              dejaba  la  presión fiscal  en  el  2% para  aquellos  que debiesen  abonar  de  5  doblas

              abajo. Pero en lugar de disminuir el precio de esta moneda de oro en la que se debía
              pagar  el  nuevo  tributo,  éste  subió  hasta  100-120  mrs.  por  dobla,  de  manera  que

              aumentó  el  número  de  exentos  y  quedó  nuevamente  desbaratada  esta  reforma
              fiscal. Por ello, el soberano decidió dicho mes volver al viejo recurso de un empréstito

              de 15,5 millones de maravedís, en el que no contribuirían los exentos.


                     5.2. Imposiciones


                     Con la llegada al trono de Isabel I, en 1476 las Cortes aprobaron el último

              servicio, pero también el más elevado de todos, 162 millones de maravedís. Hasta
              1500, cuando se retomó su exigencia, la soberana arbitró otra forma de provisión

              de  fondos  extraordinarios,  pues  pocas  fueron  en  adelante  las  convocatorias  de

              Cortes y, por ello, no era posible seguir con los subsidios tradicionales, sujetos por
              entonces  a  demasiadas  exenciones  que  los  hacían  poco  eficientes.  De  esta


                        Historia Digital, XXV, 45, (2025). ISSN 1695-6214 © José D. González Arce, 2025                  P á g i n a  | 39
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