Page 37 - La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación de una fiscalidad estatal (siglos XIII-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación……
El petitum, o pedido forero, fue el primero de los nuevos pechos en aparecer,
su origen se rastrea ya desde tiempos de Alfonso VII, y se generalizó en los años
treinta del siglo XII. En principio, era una contribución de carácter extraordinario y
eventual, convertida en pecho forero de cobro habitual cuando se produjo la
separación de los reinos de León y Castilla. Se pagaba en el lugar donde residía el
pechero y su monto era pactado habitualmente en niveles bajos, generalmente de
dos sueldos a un maravedí por contribuyente, lo que ayudó a su pérdida de
importancia. Cuando en el siglo XIII Alfonso X extendió el cobro de servicios
extraordinarios otorgados por las Cortes, el pedido ordinario desapareció. Aunque
estos servicios extraordinarios adoptaron, sin embargo, el sistema impositivo del
desaparecido pedido forero, caso del tipo contributivo y de la forma de organizar el
cobro. Dicho tipo fue del 10% sobre los bienes de los pecheros, a partir de un
determinado nivel de riqueza, sin entrar en el cómputo la ropa habitual y la de
cama, aunque pronto fueron fijados en un máximo de un maravedí por
contribuyente.
El término moneda deriva del pecho llamado moneda forera otorgado por las
Cortes en diversas ocasiones, posiblemente ya hacia finales del siglo XII. Su
exigencia se acabó por generalizar una vez cada siete años, aunque se iniciaba
una nueva moneda cuando comenzaba un reinado. El motivo que justificó su
aparición fue la promesa real de no alterar la ley, peso y curso legal del numerario
en el septenio de vigencia de cada moneda forera; en compensación, la población
pagaba este tributo a cambio de una promesa que le beneficiaba pero que no
siempre fue respetada. Finalmente, prevaleció la idea de que la moneda forera se
abonaba en reconocimiento del señorío real y de una de sus regalías, que era la de
la acuñación monetaria, lo que justificaba su renovación al subir al trono cada
nuevo rey y su carácter imprescindible e inalienable. La cuantía de este arbitrio fue
variable en el tiempo, si comenzó por ser de 1 maravedí de oro por pechero, como
el pedido, luego fue fijada de forma genérica en el 10% del valor de los bienes,
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