Page 6 - La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación de una fiscalidad estatal (siglos XIII-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación……
2.1. El diezmo real
En la Castilla medieval existieron tres tipos distintos, ya que bajo la denominación
genérica de diezmo se agrupaban rentas diferentes que tenían en común su montante
impositivo: en torno al 10% del valor de los artículos a los que gravaban, de donde
derivaba este común apelativo. Se trató del diezmo real, diezmo eclesiástico y diezmo
aduanero. Los dos primeros afectaron a la actividad agraria, esencialmente, y el último
al tráfico comercial.
El diezmo real, como indica su nombre, fue una exacción que percibió la Corona y
que afectaba a los productos extraídos de la tierra. Cuando no acabó por ser suprimido,
al menos fue rebajado. También aparece en ocasiones incorporado al almojarifazgo.
Los pechos agrarios tradicionales percibidos por la monarquía, o por los señores
territoriales, conocidos por diversos nombres como martiniega, marzadga, infurción o
incluso diezmo, estuvieron vigentes hasta la segunda mitad del siglo XIII, cuando
perdieron importancia o casi desaparecieron, tras ser reducidos, ampliamente eximidos
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o mal recaudados . Sin embargo, al sur del Sistema Central los monarcas castellanos,
tras la conquista de las taifas musulmanas, a partir del siglo XI percibieron otra
tributación sobre la producción agropecuaria derivada del zakat musulmán, diezmo
islámico o limosna del creyente. Derecho asimismo del 10% que recaudaban los
gobernantes musulmanes y que pasó, por ello, a llamarse en tiempos cristianos como
diezmo –al que se le puede añadir el apelativo de real, para diferenciarlo del eclesiástico
o del aduanero–, tras haberse denominado previamente en Toledo como aloxor –
vocablo de raíz árabe que significa tomar la décima parte–. Como ocurriera con la
2 Otro pecho tradicional que perdió gran parte de su importancia o dejó de ser exigido fue el yantar, pagado
en metálico como redención a la obligación de alojar y alimentar al señor. Algo parecido ocurrió con el
conducho –obligación de alimentar a la corte regia– o la fonsadera –deber de participación militar, sustituido
por este pecho– (Ladero, 1982, pp. 346-347; 1993, pp. 31-47).
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