Page 8 - La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación de una fiscalidad estatal (siglos XIII-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación……
Gráfico 1: Recaudación del diezmo del aceite del Aljarfe (fuente: González Arce, 2012b)
2.2. Servicio y montazgo
El montazgo, en origen, fue una multa por las intrusiones en los montes
adehesados o acotados para la Mesta. Su cobro era una merced que iba unida a la
posesión de esos pastos. Cuando el dueño del terreno era el rey, el montazgo fue una
renta real. Hacia mediados del siglo XII, muchas ciudades, villas y lugares obtuvieron
por privilegio real o por compra la jurisdicción sobre los montes de sus términos y, en
consecuencia, el derecho a cobrar montazgos. Éstos, con el tiempo, se transformaron
en cargas fijas solo por el acceso, y no únicamente a las sierras, sino también a otras
tierras comunales; de manera que, al constituirse la Mesta en 1273, se aplicó esta
exacción a los ganados trashumantes antes gravados con portazgos (González Arce,
2002, p. 121 y ss.).
De esta forma, el montazgo se convirtió en una tributación sobre el consumo y
utilización de pastos por los ganados trashumantes que, hasta la reforma de Alfonso XI,
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