Page 16 - La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación de una fiscalidad estatal (siglos XIII-XV)
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Año XXV, Número 45, enero 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
La Hacienda Regia Castellana. Evolución de los sistemas impositivos y formación……
volvió a conceder la alcabala en las Cortes de Burgos de 1373, y en 1374, en el
Ayuntamiento de Segovia. En la de 1375 se subió el montante al 10%, 6 meajas por ma-
ravedí, a satisfacer también a partes iguales por vendedor y comprador.
En 1402 apareció el último cuaderno según la fórmula de impuesto otorgado. En
adelante, como consta en el de 1405, el reparto de las alcabalas no precisaría de su
concesión en Cortes, sino que se seguiría según la costumbre. A partir del extenso
cuaderno de 1413, la exacción pasó a pagarla por entero el vendedor, a quien era
exigida por el arrendatario en el lugar de la venta. Su monto ascendió hasta 1402 a un
dozavo del precio de venta del producto, mientras que a partir de 1403 fue fijada
definitivamente en el 10%. El año 1422 se redactó otro cuaderno que parece un
compendio de todo lo que venía a suponer esta imposición. Mantenía lo que pervivía de
las fórmulas anteriores de recaudación, a la vez que incorporaba las novedades,
pormenorizando en cada situación de detalle. Comienza por exponer las circunstancias
que movían al rey a exigir la exacción, en este caso, lejos de motivaciones
exclusivamente bélicas, resultaba imprescindible para mantenimiento de la hacienda
regia –se ha calculado que venía a suponer hasta el 80% de los ingresos ordinarios, ver
gráfico 3–. No sólo servía para cubrir las necesidades reales, como expone Juan II,
aparte de para su casa, estaba destinada a subvenir las de los condes, ricos hombres,
caballeros, escuderos y otras personas de sus reinos. Pues, junto a los gastos bélicos,
se debía atender al pago de las tierras, mercedes, raciones, quitaciones y dádivas que
el rey otorgaba a sus vasallos. En 1491 se imprimió un incunable que contenía el nuevo
ordenamiento sobre la gabela. Este cuaderno emitido por los Reyes Católicos recoge,
con gran detalle, todos los supuestos de la recaudación, a los que destina los
preceptivos capítulos y apartados, y es una síntesis de la legislación de los
ordenamientos anteriores (González Arce, 2002, pp. 175-181; Ladero Quesada, 2009,
pp. 61-78).
Historia Digital, XXV, 45, (2025). ISSN 1695-6214 © José D. González Arce, 2025 P á g i n a | 16