Page 12 - Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana al Regnum Visigothorum
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Año XXIV, Número 44, Julio 2024
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana…
norma para causas posteriores. Frente a este estado de cosas, el emperador
Justiniano, desde Bizancio, se ve obligado a ordenar que se juzgue por las
leyes y no por los casos resueltos por los jueces, cualesquiera que estos
sean.
Algo parecido pasaba en el reino visigodo, donde los jueces no
siempre aplicaban las leyes reales, sino que, procediendo por su cuenta, son
ellos los que deciden las normas que han de aplicarse y en caso de no existir
ninguna, la improvisan ellos. Para evitar esta forma de actuar, desde los
tiempos de Eurico se ordenó a los jueces que fallen según las leyes, y que
caso de faltar éstas, antes de dejarlos con la posibilidad de juzgar por su
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cuenta, sometan el caso al rey para que éste decida mediante una ley . El
procedimiento, cabe presumir que no ha debido aplicarse con la mayoría de
los casos y que los jueces lo resolvían bajo su propio criterio.
En todo caso, el Derecho, aunque dictado para todos los súbditos, se
concibe como una ordenación que se dirige especialmente a los jueces para
que éstos lo apliquen. Por ello, al código promulgado por Recesvinto se le dio
el título de "Liber Iudicum" o "Iudiciorum"; es decir, "Libro de los jueces" o "de
los juicios".
La ley en el reino visigodo
Al entrar los visigodos en Hispania en el año 415, sigue siendo una
provincia del Imperio y, por lo tanto, sujeta a las leyes imperiales, que se
dictan para ella, tal y como se venía haciendo. Pero ante la dificultad del
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FUERO JUZGO 2, 1, 11,. "Que los juezes non oyan nengún pleyto sinon aquel que es
contenido en las leyes. Mas el sennor de la cipdad o el juez, por sí mismo o por su
mandadero, faga presentar armas las partes ante'l rey, que'l pleyto sea tractado ante'l e sea
acabado mas aina: e que fagan ende ley".
Historia Digital, XXIV, 44, (2024). ISSN 1695-6214 © M. Caballero, 2024 P á g i n a | 89