Page 15 - Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana al Regnum Visigothorum
P. 15
Año XXIV, Número 44, Julio 2024
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana…
Promulgación y publicación de las leyes en el imperio y en la
época visigoda
El acto de promulgación y publicación se desdobla necesariamente en
la época imperial, cuando el Derecho romano rige en vastos territorios y la
promulgación no puede ser conocida simultáneamente por todos. Pero al
mismo tiempo, también porque los mandatos, rescriptos y decretos de los
emperadores no se acuerdan en un acto público y porque se dirigen a
personas determinadas y no a toda la comunidad.
En consecuencia, tanto en el Imperio como más tarde en la época
visigoda, mientras la promulgación se realizaba al firmar el rey las
disposiciones, para su conocimiento éstas se enviaban al destinatario, que
quedaba así notificado sin publicidad, o al magistrado que debía ejecutarlas,
el cual, caso de ser de interés general, las publicaba como los edictos,
mediante carteles (Edicta) fijados en las ciudades principales de su distrito,
por él o por el envío de copias a los jueces locales, como se indica en la ley
de Teudis.
En la promulgación de códigos, el procedimiento es análogo. El rey
firma el texto original, que queda en el tesoro real, y le da fuerza de ley
mediante una disposición especial, que refrenda el jefe de la cancillería.
Después ꟷal día siguiente en el caso del Breviarioꟷ, el canciller dirige a los
condes de las provincias, copias del código, a cuyo frente se pone la ley de
promulgación. La ley o código sólo tiene fuerza de obligar a partir de su
publicación y la observación del mismo se asegura con fuertes penas. Por
otra parte, se prohíbía hacer copias del código por persona no autorizadas
11
por el rey .
11
L. IUD., (añadido en la redacción vulgata) 7, 5, 9,. "De aquellos que, fuera de las notarías
públicas, se atreviesen a recitar o escribir los mandatos y leyes de los príncipes.- [1] La
Historia Digital, XXIV, 44, (2024). ISSN 1695-6214 © M. Caballero, 2024 P á g i n a | 92