Page 20 - Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana al Regnum Visigothorum
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Año XXIV, Número 44, Julio 2024

           Depósito Legal M-34.164-2001

                 ISSN 1695-6214
                                                             Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana…



                    constituyendo tales libros series distintas según la índole de las disposiciones
                    que  se  transcribían  (edictos,  rescriptos,  decretos  o  mandatos).  El  texto

                    original  de  las  recopilaciones  se  guardaba  también  en  el  tesoro  imperial

                    sirviendo aquél de base a las copias autorizadas que se hagan de aquellas.
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                    Este sistema se mantiene en el reino visigodo .




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                      BREVIARIO DE ALARICO II., [1 TITULO] "En este cuerpo se contienen leyes o estractos
                    del ius seleccionados o del Teodosiano o de diversos libros, como se ha mandado, realizados
                    en el año 22 en que reina el señor rey Alarico, por orden del ilustre varón conde Goyarico. [2
                    ADVERTENCIA  DEL  REY  ALARICO]  Ejemplar  autorizado.  Advertencia  al  conde  Timoteo,
                    varón considerable. Tratando con el favor de la divinidad, de las utilidades de nuestro pueblo,

                    lo que en las leyes parecía inócuo lo corregimos con la mejor deliberación , para que toda la
                    oscuridad  de  las  leyes  de  los  romanos  y  del  antiguo  ius  manifestado  a  los  sacerdotes  y
                    nobles varones, puesta a la luz de la mejor inteligencia, resplandezca y nada se halle dudoso
                    y  con  ello  se  rechace  la  constante  y  diversa  oposición  de  los  litigantes.  [3]  Todo  lo
                    simplificado y recogido en un libro por la relación de los prudentes, los textos seleccionados y
                    las interpretaciones más claras que se han hecho, lo confirmó el asenso de los venerables
                    obispos y de los elegidos por nuestros provinciales. [4] Por ello, conforme al libro suscrito que

                    ha sido entregado y está en nuestro tesoro, nuestra clemencia mandó enviarte un libro para
                    la decisión de los negocios, para que conforme a su tenor se apacigüe toda demanda de las
                    causas  y  para  que  ningún  otro,  sea  de  las  leyes  o  del  ius,  pueden  ser  alegado  en  la
                    discusión, sino que por el libro dirigido y suscrito por mano del varón considerable Aniano,
                    como mandamos, se termine el orden.  [5]  Por ello te conviene prevenir  que  en tu tribunal
                    ninguna otra ley ni fórmula del ius se pretenda citar o recibir. Pues si acaso se hiciere, será o

                    con peligro de tu cabeza o con pérdida de los bienes que se sepa te pertenecen. [6] y este
                    precepto mandamos se una a los libros que se envíen, para que se mantenga nuestra orden
                    y  disciplina  y  se  sancione  con  la  pena.  [7]  Lo  comprobamos.  Dado  el  4  de  las  nonas  de
                    febrero  (2  de  febrero)  en  el  año  22  del  rey  Alarico  de  Tolosa  (a  506).[8  SUSCRIPCION]
                    Aniano,  varon  considerable,  por  mandato  de  nuestro  gloriosísimo  señor  el  rey  Alarico,
                    ordenándolo  el  varón  magnífico  e  ilustre  conde  Goyarico,  este  código  de  leyes  y  ius,
                    conforme con el auténtico suscrito y publicado en el tesoro, lo suscribí y publiqué el día 3 de

                    las nonas de febrero en el año 22 de nuestro señor el rey Alarico".






                              Historia Digital, XXIV, 44, (2024). ISSN 1695-6214 © M. Caballero, 2024                   P á g i n a  | 97
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