Page 19 - Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana al Regnum Visigothorum
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Año XXIV, Número 44, Julio 2024
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana…
autoridades, de la condición de las personas, de la familia, del parentesco y
del matrimonio.
También el "Liber Iudiciorum" presenta un orden más sistemático que
el de las fuentes romanas. En cuanto es un "Libro de los juicios" prescinde de
cuanto se refiere a la organización pública y no tiene repercusión judicial.
Probablemente a fines de esta época se antepone al Liber un título preliminar
en el que recopilan las disposiciones referentes al rey, dando cabida así,
aunque en pequeña parte, a lo que pudiera considerarse Derecho público
visigodo. Pero aparte de esto, el "Liber", originalmente, como el código de
Justiniano, se divide en doce libros, y éstos en títulos y leyes, pero con un
contenido más homogéneo que aquél.
El libro 1º trata de la ley; el 2º, de los jueces, iniciación del proceso,
testigos, documentos y testamentos; el 3º, del casamiento, rapto, adulterio y
divorcio ; el 4º, del parentesco y de la sucesión legítima determinada por
aquél; el 5º, de las cosas eclesiásticas, donaciones, permuta, venta, préstamo
y manumisiones. Del 6º al 9º, de materias penales: proceso penal y delitos
contra las personas (6º), hurto y falsedad (7º), daños (8º) y siervos fugitivos
(9º). El libro 10º trata de las propiedades, su partición, arrendamiento,
prescripción y deslinde. El libro 11º reúne disposiciones varias sobre médicos,
daños a los monumentos y comerciantes extranjeros y el 12º trata de los
herejes, las injurias y los judíos.
La conservación de las leyes en el sistema romano y visigodo
Ya en la Roma clásica, independientemente de su publicación, el texto
de las leyes y de los senadoconsultos se conservaba en copias en el
"Aerarium" o tesoro público, y el de los senadoconsultos se copiaba también
en volúmenes, distribuidos por años. De igual modo, en la época imperial las
disposiciones dictadas por el emperador se copiaban a la letra en los libros
(comentarii) a medida que se despachaban por orden de fechas,
Historia Digital, XXIV, 44, (2024). ISSN 1695-6214 © M. Caballero, 2024 P á g i n a | 96