Page 23 - Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana al Regnum Visigothorum
P. 23
Año XXIV, Número 44, Julio 2024
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
Organización social y derecho visigodo; de la Hispania tardorromana…
Las leyes visigodas
El Derecho romano y el de los visigodos, ˗si continuaron rigiéndose por
sus costumbres-, son en algún caso modificados a la vez que se
establecieron normas nuevas para regular las situaciones que el reparto de
tierras y la convivencia de los dos pueblos planteaba.
En cualquier caso, los reyes visigodos, que reconocían la autoridad de
los emperadores, actuaban como los prefectos del pretorio, como
gobernadores efectivos de las provincias y dictaban sus disposiciones, tanto
para los romanos como para los visigodos.
El rey Teodorico I (419-451) dictó algunas leyes, sobre materias
concretas. Su hijo Teodorico II (453-466) promulgó hacia 458 un conjunto de
ellas (las "Leges Theodoricianae"), que se impusieron a las romanas
relegando las teodosianas. Con ellas, se ha tratado de identificar la colección
que formarían parte los "Capítulos Gaudencianos", aunque sin fundamento; o
15
el llamado "Edictum Theodorici Regis ", que hasta ahora había sido atribuido
al rey ostrogodo Teodorico el Grande (493-525). Posiblemente, con estas
leyes teodoricianas ha de identificarse el llamado Código de Eurico o, al
menos, una primera redacción de éste. Este código, redactado por juristas
romanos, recoge fundamentalmente, en unos 400 capítulos, las normas del
15
EDICTUM THEODORICI REGIS., "Muchísimas quejas han llegado a nosotros de que
dentro de las provincias algunos pisotean los preceptos de las leyes. Y aunque ningún hecho
injusto puede mantenerse bajo la autoridad de las leyes, nosotros pensando no obstante, en
la tranquilidad de la generalidad y teniéndola ante los ojos para los casos que pueden ocurrir
más frecuentemente, para de este modo ponerles fin , mandamos establecer los presentes
edictos, a fin de que, salvada la reverencia del derecho público y guardada la devoción de
todos a todas las leyes, lo que los bárbaros y los romanos deban seguir sobre los expresados
artículos, lo conozcan claramente por los presentes edictos".
Historia Digital, XXIV, 44, (2024). ISSN 1695-6214 © M. Caballero, 2024 P á g i n a | 100